Guía para la Creación de Partidos Políticos
Procedimiento completo conforme a la Ley XII N° 23 y Resolución ISEP N° 15/2025
Información Preliminar
La presente guía desarrolla el procedimiento completo para la creación y reconocimiento de partidos políticos en la Provincia del Chubut, conforme a la Ley XII N° 23 (Ley Orgánica de los Partidos Políticos) sancionada el 19 de diciembre de 2024 y publicada en el Boletín Oficial el 16 de enero de 2025, y la Resolución ISEP N° 15 del 14 de noviembre de 2025.
El proceso consta de seis pasos principales, con plazos específicos y requisitos documentales precisos que deben cumplirse rigurosamente.
Procedimiento
- Los iniciadores presentan solicitud escrita ante la Secretaría Electoral Permanente (SEP) solicitando la reserva del nombre propuesto para el partido.
- Deben registrar: nombres completos de los iniciadores, DNI y dirección de correo electrónico para notificaciones oficiales.
- La SEP verifica que el nombre propuesto no coincida con nombres ya registrados ni sea confundible con ellos.
- La SEP notifica a los apoderados de partidos políticos y publica en su sitio web.
- La SEP recibe las objeciones y emite un informe para el Tribunal Electoral.
- El Tribunal Electoral oye a las partes y dicta resolución definitiva.
Causales de Rechazo
- Nombre idéntico a partido político ya registrado
- Nombre confundible (similitud fonética, gráfica o conceptual)
- Designaciones personales o derivadas (Art. 11)
- Expresiones que exterioricen antagonismos raciales, de clase o religiosos
- Oposición fundada de partido con derechos preexistentes
Documentación a presentar ante la SEP
| N° | Documento | Detalle |
|---|---|---|
| 1 | Solicitud de Reconocimiento | Firmada por autoridades promotoras y apoderados |
| 2 | Acta de fundación y constitución | Con firmas de adherentes |
| 3 | Planillas de avalistas | >4‰ del padrón electoral (mínimo 25 personas) |
| 4 | Nombre adoptado | Previamente reservado (Art. 10) |
| 5 | Carta Orgánica y Bases de Acción Política | Aprobadas por Asamblea Constitutiva |
| 6 | Acta de designación de autoridades | Autoridades promotoras |
| 7 | Domicilio legal | Según Art. 14 |
Contenido obligatorio de la Carta Orgánica (Art. 34)
- Gobierno distribuido en órganos ejecutivos, deliberativos, de fiscalización y disciplinarios
- Junta Electoral Permanente con integración de minorías
- Declaración de principios y programa de acción política
- Apertura permanente del registro de afiliados con debido proceso
- Participación de afiliados y minorías en gobierno y administración
- Régimen patrimonial y contable con publicidad y fiscalización
- Causas y formas de extinción del partido
- Régimen de incompatibilidades
Procedimiento
- Recibida la documentación, la SEP verifica cumplimiento de requisitos de los Arts. 17 y 18.
- La SEP puede solicitar aclaraciones, subsanaciones o rectificaciones a los iniciadores.
- Verificado el cumplimiento, la SEP remite las actuaciones al Tribunal Electoral.
- El Tribunal Electoral fija audiencia pública con intervención de los iniciadores.
- El Tribunal Electoral dicta resolución otorgando o denegando el reconocimiento provisorio.
Efectos del reconocimiento provisorio
- Habilita al partido para registrar afiliaciones en la forma que disponga la SEP
- Otorga personería jurídica provisional
- Inicia el plazo de 4 meses para completar afiliaciones
Plazo y requisitos numéricos
⚠️ PLAZO CRÍTICO: 4 MESES desde el reconocimiento provisorio- Número mínimo: igual a la cantidad exigida en el Art. 18 inc. a (superior al 4‰ del padrón electoral, mínimo 25 personas)
Requisitos para afiliarse (Art. 28)
- Estar inscripto en el Registro de Electores de la Provincia
- Para partido municipal: estar domiciliado en el municipio respectivo
- Completar formularios mediante procedimiento aprobado por SEP
- No estar afiliado a más de un partido simultáneamente
Prohibiciones (Art. 29)
- Personas excluidas del padrón
- Personal militar o de fuerzas de seguridad en actividad
- Magistrados y funcionarios permanentes del Poder Judicial
Procedimiento
- Completado el mínimo de afiliaciones, las autoridades promotoras convocan a elecciones internas para constituir las autoridades definitivas.
- La convocatoria debe incluir: clara descripción de la candidatura, plazo de presentación de listas, y reglamento electoral aplicable.
- Publicación en sitio web oficial y en el de la SEP.
- Sistema electoral según Carta Orgánica, garantizando representación de minorías.
Paridad de género en listas
- Integración intercalada de género desde primer cargo titular hasta último suplente.
- Personas no binarias no alteran el orden pero no pueden ser consecutivas.
- En nóminas impares, diferencia entre mujeres y varones no puede ser superior a 1.
Procedimiento
- Recibida la comunicación sobre elección de autoridades definitivas, la SEP inscribe al partido en el Registro de Agrupaciones Políticas.
- La SEP inscribe: nombre, domicilio legal, sitio web oficial, símbolos/emblemas/números, nombre y domicilio de apoderados, registro de afiliados.
Efectos del reconocimiento definitivo
- Personalidad jurídico-política plena (Art. 2)
- Capacidad para presentar candidatos en elecciones
- Derecho a participar en proceso electoral en todas sus etapas
- Acceso al Fondo Partidario Permanente (Art. 42 y ss.)
- Legitimación procesal ante el Tribunal Electoral
Libros obligatorios (a rubricar por la SEP)
- Inventario y balances (Art. 37 inc. a)
- Diario, conservando documentación por 4 años (Art. 37 inc. b)
- Actas y resoluciones (Art. 37 inc. c)
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📅 Resumen de Plazos Principales
PARTIDOS DE DISTRITO (LEY 23.298)
Lista N° 2 PJ PARTIDO JUSTICIALISTA
Lista N° 3 UCR UNIÓN CIVICA RADICAL
Lista N° 38 MST MOVIMIENTO SOCIALISTA DE LOS TRABAJADORES
Lista N° 54 PDLV PARTIDO DE LA VICTORIA
Lista N° 64 PRO PRO-PROPUESTA REPUBLICANA
Lista N° 69 GEN GEN
- Lista N° 71 PO PARTIDO DEL OBRERO
Lista N° 74 PTP PARTIDO DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO
Lista N° 76 CET PARTIDO DE LA CULTURA LA EDUCACION Y EL TRABAJO
Lista N° 86 FR FRENTE RENOVADOR
Lista N° 96 LLA LA LIBERTAD AVANZA
Lista N° 151 PICH PARTIDO INDEPENDIENTE DEL CHUBUT
Lista N° 153 US UNIDAD SOCIALISTA
Lista N° 157 PACH PARTIDO DE ACCIÓN CHUBUTENSE
Lista N° 160 CHST CHUBUT SOMOS TODOS
Lista N° 174 PCH PRIMERO CHUBUT
Lista N° 184 PL PARTIDO LIBERTARIO
Lista N° 153 US UNIDAD SOCIALISTA